El pálpito de estar en lo cierto, y de tener derecho a rebelarse contra el dictado unilaterial de la Consellería de Educación que en 2008 determinó el ingreso del niño autista de Vigo, Andrés García, en un centro especializado sin el consentimiento de sus padres, se convirtió la semana pasada en una sentencia que da la razón a los progenitores al demandar que el niño continúe escolarizado en un colegio "normal" al tiempo que recibe educación especializada dentro del mismo centro.
El fallo de la sala del juzgado de lo contencioso administrativo número dos de Pontevedra sobre el recurso presentado hace año y medio por el vigués Cecilio García establece que la decisión tomada en 2008 por el entonces delegado de Educación por la que se ordenaba a los padres Andrés García a matricular a su hijo en un centro especial para niños autistas, "no se ajusta a derecho". La sentencia señala que "la Administración ha vulnerado la legalidad vigente en la tramitación del expediente, pues los padres del menor no fueron informados de los motivos que llevaron a adoptar esa decisión ni por la Administración ni por la dirección del centro escolar".
La extensa sentencia dictada por la magistrada Mónica Sánchez Romero, desmonta uno a uno todos los argumentos expuestos por el entonces delegado de Educación para que el niño abandonara el colegio María Inmaculada-Carmelitas, en el que estaba matriculado desde los tres años, y pasara al especializado Menela. A a raíz de todas las pruebas aportadas por la letrada Laura Rodríguez Casal y las practicadas en el proceso, se constató que Andrés no se encontraba en una situación "excepcional" para proceder a su escolarización en un centro especial ,y mucho menos sin el consentimiento de sus padres.
También establece que su colegio, Carmelitas ,"reúne las condiciones idóneas para la formación y desarrollo del niño".
. delegvigo@elcorreogallego.es
El fallo de la sala del juzgado de lo contencioso administrativo número dos de Pontevedra sobre el recurso presentado hace año y medio por el vigués Cecilio García establece que la decisión tomada en 2008 por el entonces delegado de Educación por la que se ordenaba a los padres Andrés García a matricular a su hijo en un centro especial para niños autistas, "no se ajusta a derecho". La sentencia señala que "la Administración ha vulnerado la legalidad vigente en la tramitación del expediente, pues los padres del menor no fueron informados de los motivos que llevaron a adoptar esa decisión ni por la Administración ni por la dirección del centro escolar".
La extensa sentencia dictada por la magistrada Mónica Sánchez Romero, desmonta uno a uno todos los argumentos expuestos por el entonces delegado de Educación para que el niño abandonara el colegio María Inmaculada-Carmelitas, en el que estaba matriculado desde los tres años, y pasara al especializado Menela. A a raíz de todas las pruebas aportadas por la letrada Laura Rodríguez Casal y las practicadas en el proceso, se constató que Andrés no se encontraba en una situación "excepcional" para proceder a su escolarización en un centro especial ,y mucho menos sin el consentimiento de sus padres.
También establece que su colegio, Carmelitas ,"reúne las condiciones idóneas para la formación y desarrollo del niño".
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